martes, 5 de julio de 2011

MODELO DE TESTIMONIO DE TESTAMENTO

TESTIMONIO JUDICIAL

    Folio quinientos veinte Primera Copia Escritura Número doscientos cuarenta y cuatro. En la Ciudad de Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a trece de agosto del año dos mil ocho, ante mi Escribana Autorizante, comparece Ernesto PEREZ argentino, viudo de sus segundas nupcias con Sara Petrona Iglesias, hijo de Salvador y de María Bautista Caruso, nacido el veintitrés de agosto de mil novecientos dieciséis, titular de Documento Nacional de Identidad Número cuatrocientos veintisiete mil ciento cincuenta, domiciliado en la calle Tapalqué cuatro mil trescientos veintiuno, sexto piso, departamento “B “, de esta Ciudad, persona de mi conocimiento, doy fe, quien expone su deseo de testar por acto público. Accedo a su requerimiento y, en consecuencia, en presencia de los testigos que al final se nombran y firman, procede a dictarme de viva voz sus disposiciones de última voluntad. Por éstas, que le limito a ordenar, declara y dispone: PRIMERO: Que se llama como queda dicho Ernesto PEREZ, ha nacido el veintitrés de agosto de mil novecientos dieciséis en Capital federal, y es hijo de los hoy fallecidos Salvador PEREZ y María Bautista Caruso. SEGUNDO: Que el dieciséis de noviembre de mil novecientos cuarenta y seis contrajo matrimonio con Nélida Ignotto, de cuya unión no hubieron hijos. TERCERO: Que su nombrada esposa Nélida Ignotto falleció en esta ciudad el dieciséis de junio de mil novecientos ochenta y tres CUARTO: Que contrajo matrimonio en segundas nupcias con Sara Petrona Iglesias, el tres de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro, quien falleciera en esta Ciudad el trece de noviembre de dos mil siete. QUINTO: Que de la unión con Sara Petrona Iglesias tampoco tuvo hijos y que no tiene descendencia extramatrimonial. SEXTO: Que sus bienes resultarán de la documentación, títulos y papeles que se encontrasen a su fallecimiento. SEPTIMO. Que instituye por únicos y universales herederos de todos sus bienes a CLEMENCIA BÁEZ, de nacionalidad paraguaya, con Documento Nacional de Identidad número noventa y tres millones trescientos noventa y un mil cuatrocientos sesenta Y ANGEL O CURL de nacionalidad italiana, con Documento Nacional de Identidad número noventa y tres millones trescientos cuarenta y siete mil cincuenta y cinco, y con derecho de acrecer entre sí para el caso que uno de ellos no quisiera o no pudiera aceptar la herencia. OCTA VO: Que este testamento es la expresión de su última voluntad, revocando en consecuencia cualquier otro que hubiera otorgado. Y no teniendo nada más que disponer según sigue diciendo, da por terminado el acto, el que ha sido extendido sin interrupción, encontrándose reunidos durante todo el transcurso del mismo el otorgante, los testigos y yo la Escribano Autorizante testamento que leo al testador en presencia de los testigos, quienes lo ven, lo oyen ratificarse del contenido del mismo, firmando el testador conjuntamente con los testigos citados, que lo son: Rita Mabe7 GONZÁLEZ argentina, casada, nacida el doce de abril de mil novecientos cincuenta y cinco, de cincuenta y tres años de edad, titular del Documento Nacional de Identidad número once millones seiscientos veinticuatro mil quinientos sesenta y nueve, domiciliada en la calle Zelada cuatro mil ochocientos ochenta de esta Ciudad; Ricardo DIAZ, argentino, casado, nacido el quince de julio de mil novecientos cincuenta y cuatro, de cincuenta y cuatro años de edad; titular del Documento Nacional de Identidad número diez millones novecientos sesenta y cinco mil quinientos setenta, domiciliado en la calle Zelada cuatro mil ochocientos ochenta de esta Ciudad, y Carlos Ángel VICECONTE, argentino, divorciado nacido el cuatro de abril de mil novecientos cincuenta, de cincuenta y ocho años de edad, titular de la Libreta de Enrolamiento número ocho millones trescientos veintiún mil trescientos ochenta y cinco, domiciliado en la calle Emilio Castro seis mil doscientos treinta y nueve de esta Ciudad todos capaces y de mi conocimiento, doy fe. LEO al otorgante y testigos por su elección, haciéndolo el testador también por si quienes se ratifican y firman por ante mi doy fe. ERNESTO PEREZ.- RITA MABEL GONZÁLEZ.- RICARDO DIA.- CARLOS ANGEL VICECONTE Está mi sello. Ante mí MS. FANTONI, Concuerda con su matriz pasada ante mí al folio quinientos veinte del Registro Notarial Ochocientos ochenta y uno a mi cargo, doy fe. Para el testador, expido esta Primera Copia en el Folio de Actuación Notarial Número N cero cero nueve millones setecientos quince mil ochocientos cuarenta y nueve, que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento. Hay una firma ilegible y un sello que dice Marta Fantonj Escribana Matrícula tres mil cuatrocientos veintinueve” “Buenos Aires, Mayo veinte de dos mil diez Agréguese y téngase presente. -AUTOS Y VISTOS: En atención a lo solicitado y lo dictaminado precedentemente por el Ministerio Fiscal declarase extrínsecamente válido el testamento por acto público otorgado por ERNESTO PEREZ D.N.I. Número cuatrocientos veintisiete mil ciento cincuenta y abierto su juicio sucesorio testamentario Fdo. Dr. Osvaldo Onofre Alvarez, Juez Nacional en lo Civil. P.A.S. “. “Buenos Aires, veintiocho de Junio de dos mil diez. .A UTOS Y VIS TOs.’ Agréguense los certificados de dominio e inhibiciones. Con el pago efectuado tiénese por satisfecha la tasa judicial respecto del bien inmueble del que se dispone la inscripción. Practíquese la inscripción del testamento con relación el bien sito en Tapalqé cuatro mil trescientos quince barra diecisiete barra veintiuno Unidad Funcional diecinueve piso séptimo, FR: uno guión veintitrés mil quinientos treinta y cinco barra nueve, a cuyo fin expídase testimonio, ... haciéndose constar que los herederos han asumido la responsabilidad prevista por el artículo quinto de la ley veintidós mil cuatrocientos veintisiete... Fdo. Dra. SIL VIA Y. TANZI Juez”. “Buenos Aires, trece de julio de dos mil diez. Rectifíquese el proveído de fojas veintitrés en el sentido de que la inscripción allí ordenada lo es en relación al bien sito en Tapalqué cuatro mil trescientos quince barra diecisiete barra veintiuno Unidad funcional diecinueve, piso séptimo, FR Uno guión veintitrés mil quinientos treinta y cinco barra diecinueve.
     Lo testimoniado es copia fiel de sus originales obrantes en los autos caratulados “PEREZ ERNESTO 5/ SUCESION TESTAMENTARIA Expediente Número trece mil ciento veinticinco barra dos mil diez” en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera instancia en lo Civil Número Cincuenta y Uno, a cargo de la Dra. Silvia Y. Tanzi. Secretaría Única a cargo de la Dra. María M Cecilia Serrat. sito en Uruguay setecientos catorce piso segundo
     El presente se expide a fin de inscribir la declaratoria de herederos arriba testimoniada en el Registro de la Propiedad Inmueble, con relación al bien sito en la calle Tapalqué cuatro mil trescientos quince barra diecisiete barra veintiuno Unidad Funcional diecinueve piso séptimo, FR: uno guión veintitrés mil quinientos treinta y cinco barra diecinueve: Nomenclatura Catastral: Circunscripción Uno, Sección Cincuenta y Cuatro, Manzana Setenta y Cuatro, parcela Treinta. Se deja constancia que: Se encuentran autorizadas a diligenciar el presente las Dras. Paula Susana Pelosi y/o Virginia Z Domínguez Guanes y que las Claves de Identificación Tributaria son las siguientes: ANGEL O CURI CUIL veinte guión noventa y tres millones trescientos cuarenta y siete mil cincuenta y cinco guión seis y CLEMENCIA BÁEZ CUIL veintisiete guión noventa y tres millones trescientos noventa y un mil cuatrocientos sesenta guión dos.
     Expido el presente en la Sala de mi Público Despacho en Buenos Aires a los días 13 del mes de junio de dos mil once.

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